IGPs

La Unión Europea protege las denominaciones de determinados productos específicos para promover sus características únicas, vinculadas a su origen geográfico y al saber hacer tradicional.

Los nombres de productos pueden recibir el reconocimiento de una «indicación geográfica» (IG) si tienen un vínculo específico con su lugar de elaboración. Este reconocimiento da confianza a los consumidores y les permite distinguir los productos de calidad, al tiempo que ayuda a los productores a comercializar mejor sus productos.

Las indicaciones geográficas establecen derechos de propiedad intelectual para determinados productos cuyas cualidades están específicamente vinculadas a la zona de producción.

Las Indicaciones Geográficas son la Denominación de Origen Protegida o DOP e Indicación Geográfica Protegida o IGP, ambas tienen connotación geográfica, y la Especialidad Tradicional Garantizada o ETG relacionada con métodos de producción tradicionales.

Indicación Geográfica Protegida o IGP

Si un producto lleva el logotipo Indicación Geográfica Protegida o IGP es que posee una característica específica o una reputación que lo asocian a una zona determinada en la cual tiene lugar, al menos, una etapa del proceso de producción.

Los pliegos de condiciones son aquellos documentos que recogen todas las etapas del proceso y sus especificaciones, donde al menos una de las fases de producción, transformación o elaboración debe tener lugar en esa región. En el caso de los vinos, esto significa que al menos un 85 % de las uvas utilizadas debe proceder exclusivamente de la zona geográfica en la que se elabora realmente el vino.

Si algo caracteriza a Extremadura es la buena materia prima, cuya calidad y origen certifican sus 6 Indicaciones Geográficas Protegidas:

  1. Cabrito de Extremadura
  2. Cordero de Extremadura
  3. Garbanzo de Valencia del Ventoso
  4. Ternera de Extremadura
  5. Vaca de Extremadura
  6. Vino de la Tierra de Extremadura

 

Relación de IGPs de Extremadura